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Fernando G Benavides1, Mireia Utzet2, Joana Guerrero3
1CiSAL-Centro de Investigación en Salud Laboral, Universidad Pompeu Fabra/Hospital del Mar Research Institute.
Abstract:
Agradecemos la carta enviada por Alatrista Huertas, por cuanto anima al debate que buscaba nuestra editorial, además de por señalar algunos puntos críticos en la aplicación de la normativa comentada que nos parecen de mucho interés. Entre ellos, coincidimos especialmente con la dificultad de incluir los exámenes de salud laboral en la cobertura que prestan los servicios de atención primaria a las empleadas de hogar informales (sin contrato ni alta en la seguridad social). La formalidad es una premisa sin la cual no se puede aplicar la normativa. Un objetivo que compete a la inspección de trabajo, sabiendo lo difícil que es fiscalizar las irregularidades en este ámbito de las empleadas de hogar, donde quien contrata es una persona en el ámbito del hogar familiar. Hay que persistir, pero no hay milagros….